Dirigido a: PYMES con sede social en la CV.
Presentación solicitudes: desde el 09/03/2018 hasta 18/05/2018.
Periodo elegible de gastos: desde 1 enero 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.
Objetivos: facilitar el acceso de las PYME de la Comunitat Valenciana a la financiación necesaria para la puesta en marcha de los planes de promoción internacional.
Empresas beneficiarias: PYME con sede social en la Comunitat Valenciana.
Requisitos de los proyectos: por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto de las acciones que se contemplen en el plan de promoción internacional que realice la empresa para la introducción o consolidación de sus bienes o servicios en los mercados internacionales. El proyecto deberá tener un presupuesto superior a 12.000 euros. Para su cálculo, debe considerarse la suma de los importes de costes elegibles, siendo el importe máximo de 60.000 euros.
Actuaciones apoyables: las acciones del plan de promoción internacional deberán poderse encuadrar en la siguiente tipologÃa de actuaciones de promoción internacional:
• Participación en certámenes feriales o congresos internacionales en el exterior
• Eventos y acciones singulares de promoción en el exterior
• Creación y adaptación del material promocional de la empresa
• Desplazamientos a los distintos mercados internacionales incluidos en el Plan de promoción internacional.
• Gastos de certificación y homologación en los mercados de destino excluÃdos los paÃses de la Unión Europea
• Y cualquier otra iniciativa relacionada con las actividades que permitan la consolidación y el crecimiento internacional de la empresa, sin que en ningún caso éstas consistan en el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero u en otros gastos corrientes vinculados a una actividad exportadora.
Quedan excluidas las acciones de promoción que se realicen en territorio nacional.
Tipo de ayuda: la ayuda reembolsable tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés.
CaracterÃsticas del préstamo bonificado:
- CuantÃa del préstamo: 100% de los costes subvencionables, con un lÃmite de 60.000 euros.
- Tipo de interés: 0 %- Cuotas de amortización semestral, hasta completar un plazo de amortización de tres años, salvo modificación aprobada por resolución del presidente del IVACE.
- GarantÃas: se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de GarantÃa RecÃproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. La garantÃa será del 30% del importe del préstamo.
- Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
Importe máximo de la ayuda: las ayudas descritas estarán sujetas al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Costes subvencionables: todos aquellos costes relacionados en las actuaciones apoyables descritas en el artÃculo 4 de la convocatoria.
Enlaces de interés: