Ayer tuvo lugar, en la sede de IBIAE, la jornada sobre “La responsabilidad penal de la persona jurídica” a cargo de Mª del Mar Gutiérrez, miembro del prestigioso gabinete jurídico Martínez Domínguez Abogados.
La reforma del Código Penal ha modificado el panorama jurídico-penal respecto a las empresas, colocando a la empresa por sí misma en la situación de poder ser declarada como delincuente.
Tal y como informó la ponente “en la actualidad si un operario realiza alguna actividad delictiva, afecta a la empresa, ya que no sólo se juzga a la persona sino que también a la empresa” señaló un caso más curioso “en caso de no poder identificar al operario y no poderlo sancionar se sancionaría a la empresa”
Según indicó la letrada han quedado exentas de dicha ley la administración púbica y los sindicatos, pero no las empresas privadas.
Las multas oscilan entre los 30 y 5.000€ por día con un mínimo de 720 días, siguiendo el criterio de “la que más tiene más paga”. Por ejemplo, a una empresa media que funcione bien pueden ponerle una sanción de 600€/día, que por un mínimo de 720 días son 432.000 € de multa.
Una vez más, nos encontramos ante un perjuicio añadido para las empresas, que pueden verse afectadas por más sanciones que hagan peligrar la continuidad de la misma y cuyo único seguro es la realización de un plan de prevención que no asegura evitar la sanción.