Objeto
Apoyar el desarrollo de planes empresariales para el crecimiento de las pequeñas empresas innovadoras de la Comunidad Valenciana, mediante la concesión de subvenciones vinculadas a la prestación de servicios de asesoramiento especializado.
Empresas beneficiarias
Pequeñas empresas innovadoras, tanto personas jurÃdicas como empresas individuales, que tengan sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana, una antigüedad inferior a 5 años en el momento de la presentación de la solicitud, y cumplan con las disposiciones del Reglamento (UE) núm. 1407/2013 asà como los requisitos previstos en las bases reguladoras aprobadas por Orden 7/2018.
Requisitos de los proyectos
Los previstos en la convocatoria y en las bases reguladoras, especialmente:
– Los servicios de asesoramiento especializado deberán prestarse a planes empresariales que se desarrollen en establecimientos de la empresa beneficiaria que estén ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana, no podrán comenzar a ejecutarse antes de presentar la solicitud de la ayuda.
– La persona o entidad que preste los servicios de asesoramiento especializado deberá cumplir los requisitos establecidos en el artÃculo 3.7 de la resolución de convocatoria.
–   Los planes empresariales deberán necesariamente enmarcarse en los ámbitos de desarrollo regional identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación en la Comunitat Valenciana (RIS3-CV)).
Actuaciones apoyables
El IVACE subvencionará la prestación de servicios de asesoramiento especializado en las siguientes áreas:
-Diagnóstico estratégico
-Modelo de negocio
-Marketing y comercialización
-Organización y procesos
-Gestión económico-financiera
-Definición de cuadros de mando
No obstante, se podrán incluir áreas adicionales que se consideren
estratégicas para el desarrollo del plan empresarial de la empresa
solicitante, previa justificación en el momento de la solicitud.
El servicio de asesoramiento que se solicite podrá versar sobre una o sobre varias áreas de las indicadas anteriormente.
Las propuestas de asesoramiento especializado deberán partir de un análisis de la situación de la empresa y deberán justificar la necesidad y oportunidad del servicio de asesoramiento con el alcance que se recoge en la memoria técnica presentada junto a la solicitud, referenciada en el artÃculo 6 de la presente convocatoria.
CaracterÃsticas de la ayuda
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% del gasto de la contratación de los servicios de asesoramiento especializado con un lÃmite de ayuda por solicitud de 50.000 €. Â
Costes subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos de contratación de los servicios de asesoramiento especializado señalados en el artÃculo 3.1. de la presente convocatoria cuyo importe mÃnimo por área de asesoramiento sea 3.000 €; el coste máximo subvencionable de la hora del asesoramiento será de 60 €.
No se considerarán gastos subvencionables los servicios prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artÃculo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2005, de 21 de julio.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.
Plazos:
- El plazo para la presentación de las solicitudes empezará el dÃa 30 de enero de 2020 y finalizará el 13 de marzo de 2020 a las 23:59.59 horas
- Plazos de ejecución, de justificación y de validez de los justificantes de gasto y pago.
Sólo serán subvencionables:
- Los gastos realizados desde la presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2020, ambos inclusive.
- Los pagos realizados desde la presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 15 de febrero de 2021, ambos inclusive.
- El plazo para la presentación de la justificación del proyecto finalizará a las 23:59:59 horas del 15 de febrero de 2021.