El objeto de la presente resolución es convocar anticipadamente para el ejercicio 2023 ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana vinculadas a los siguientes sectores:
- Sector de la automoción
- Sector espacial y sector de la aeronáutica
- Sectores de la biotecnología
- Sector producción audiovisual
- Sector producción de videojuegos
- Sector de animación y de realidad aumentada y virtual
- Sectores de la cerámica, del vidrio y de los materiales de construcción no metálicos
- Sectores de la industria del cuero y del calzado
- Sector de la fabricación de envases y embalajes
- Sectores del juguete, artículos de deporte y otras industrias manufactureras
- Sectores de fabricación de madera, muebles y aparatos de iluminación
- Sectores del mármol, la piedra natural y los áridos
- Sector metal-mecánico
- Sectores del papel y las artes gráficas
- Sector del plástico
- Industria química
- Sector textil
- Sector de la valorización de materiales
Consulta aquí las bases de la resolución del DOGV.
Gastos subvencionables:
- Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.
- Los costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan.
- Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.
- Los costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa beneficiaria.
- Los costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.
- Costes de contratación externa de ingeniería industrial que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión. La partida de ingeniería máxima que se tendrá en cuenta para calcular el importe de la ayuda, no podrá superar ni el 15% del total de los gastos subvencionables, ni el importe de 20.000 euros, IVA excluido.
- Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de seiscientos euros, IVA excluido, por solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 16 de enero hasta el 3 de marzo de 2023