Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 3/2014, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, publicado en el BOE, el 1 de marzo de 2014, la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes se reduce en los contratos celebrados entre el 25 de febrero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014 cuando se cumplan las condiciones y requisitos regulados.
La reducción de cuota en la seguridad social será de 100 euros mensuales en los supuestos de contratos celebrados a tiempo completo, y de 75 ó 50 euros mensuales en los contratos a tiempo parcial en función de la jornada de trabajo que se realice.
Estas reducciones se aplican durante un perÃodo de 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato.
Finalizado el perÃodo de 24 meses, y durante los 12 meses siguientes, las empresas que al momento de celebrar el contrato al que se aplique la reducción cuenten con menos de 10 trabajadores tienen derecho a una reducción equivalente al 50 % de la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado de manera indefinida
Se trata de una reducción en la cotización empresarial por CC, lo que significa que su financiación la soporta la Seguridad Social, al contrario de las bonificaciones de cuotas que son financiadas por el estado.
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