El pasado mes de noviembre de 2013, el Consejo de Ministros aprobó un proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal. Esta ley (que se prevee que entre en vigor durante el último trimestre de 2014) introduce uncambio sustancial en la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas y sus administradores.
¿Qué significa esto? Pues básicamente que va a variar la forma en la que se sanciona con multas y penas de prisión a los órganos de gobierno, obligando también a las empresas a ejercer el “debido control” en materia de cumplimiento penal, cuyo quebrantamiento deriva en responsabilidad penal hacia los administradores, por sus actos y los de sus empleados.
Es mucha la literatura que se escribe al respecto, pero al final lo que realmente interesa es tener respuesta a unas pocas preguntas como:
- ¿De qué forma me afecta como administrador esta nueva reforma penal?
- ¿Qué riesgos legales afectan a mi empresa?
- ¿Qué es el famoso “debido control” de riesgos penales y cómo se implanta en la empresa?
- ¿De qué herramientas dispongo para evitar problemas legales en el futuro?
En esta charla daremos respuesta a estas y muchas otras preguntas, lo que te permitirá salir con una idea general sobre cómo afectará esta reforma a tu empresa y a los órganos de gobierno de la misma. También hablaremos sobre la implantación de sistemas de prevención de riesgos legales en la empresa.
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