El DOGV ha publicado la corrección de errores de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico por la cual se convoca la concesión de subvenciones de carácter bienal para determinados proyectos de inversión empresarial que contribuyan a la transformación del modelo económico de la Comunitat Valenciana.
A continuación se extractan los aspectos más relevantes de la convocatoria, desde el punto de vista empresarial.
Los incentivos a la inversión otorgados en virtud de esta convocatoria se instrumentarán a través de tres modalidades:
- Promoción del establecimiento, desarrollo y consolidación del tejido empresarial productivo, especialmente industrial, así como la creación y mantenimiento del empleo;
- Favorecimiento de un modelo económico sostenible medioambientalmente;
- Fomento de la investigación y el desarrollo.
Beneficiarios
Empresas, independientemente de su forma jurídica, cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o desarrollo de la actividad se encuentre en la Comunitat Valenciana, que realicen proyectos de inversión de alguna de las tipologías previstas.
Condiciones de los proyectos
Serán susceptibles de subvención aquellas inversiones empresariales que contribuyan a la transformación del modelo económico valenciano, entendiéndose por tales aquellas en las que concurran al menos tres de las ocho prioridades siguientes:
- Desarrollo de la capacidad innovadora, fundamentalmente tecnológica, la digitalización de procesos, promoción de activos intangibles.
- Modernización y diversificación de productos.
- Inversión en sectores productivos.
- Impacto positivo en el empleo estable, preferentemente cualificado, promoción de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en los cuidados.
- Mejora de la competitividad y la internacionalización: estabilización y crecimiento empresarial.
- Incremento de la conectividad y de la capacidad logística que favorezca la apertura de nuevos mercados.
- Inversiones de sostenibilidad medioambiental, mediante la introducción de mejoras protectoras.
- Desarrollo local y territorial equilibrado.
- Importe mínimo de los proyectos: 1.000.000 euros, sin perjuicio de la intensidad de la ayuda que corresponda en función de la naturaleza de cada proyecto concreto, del límite máximo de concesión que se establece y de los umbrales máximos de cada modalidad de ayuda.
- Límite máximo de concesión: con independencia de la modalidad de ayuda, el importe máximo para cada empresa y proyecto no excederá del 25 % del crédito total destinado a financiar la convocatoria para cada ejercicio. Los importes globales máximos establecidos en esta convocatoria son:
- 7.000.000 euros para 2022
- 4.900.000 euros para 2023
Se exigirá un 25 % de financiación con recursos propios o financiación externa exenta de cualquier ayuda pública, para cubrir el coste total del proyecto subvencionado.
Gastos subvencionables
Se consideran costes o gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en los plazos establecidos en la convocatoria. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
El gasto subvencionable del proyecto se determinará a partir del importe total de los costes del proyecto que tengan la consideración de gastos elegibles, entre los que se hallan incluidos los siguientes:
- Activos materiales e inmateriales con carácter general asociados al proyecto: terrenos, obras, equipamiento vinculados a las TIC, etc.
- Equipamiento productivo, consistente en maquinaria, instalaciones técnicas, herramientas o utillaje.
- Mobiliario, en el supuesto de empresas no industriales, dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.
- Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
- Servicios externos necesarios para la implantación de soluciones vinculadas a las inversiones realizadas.
- Gastos de auditoría de la cuenta justificativa de la ayuda
Presentación de solicitudes
Se presentará una solicitud por cada modalidad y proyecto. En el caso de que un proyecto de inversión se enmarque en más de una modalidad, deberán presentarse solicitudes y documentación diferentes.
La presentación será telemática, a través de la web de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
El plazo permanecerá abierto hasta las 14 horas del 30 de junio de 2022.