Según el Reglamento del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), la evaluación de los planes de recuperación y resiliencia deben garantizar que todas y cada una de las medidas, es decir, cada reforma y cada inversión, comprendidas en el plan cumplen con el principio de “no causar un perjuicio significativo”, en lo sucesivo, principio DNSH, por sus siglas en inglés “do not significant harm”. A través del principio DNSH del Reglamento de inversiones sostenibles se pretende asegurar que todas las actuaciones que se ejecuten dentro del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) cumplan el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852.
Programa formativo |
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El Principio DNSH (Do No Significant Harm) es una condición definida por la Comisión Europea que obliga a realizar una autoevaluación que asegure que la inversión o reforma no afecta negativamente a uno, o varios, de los 6 objetivos medioambientales definidos en el Reglamento 852/2020. |
Fechas |
18/01/2024 |
Horario |
9.30 horas |
Objetivos |
Conocer toda la información sobre la preparación y validación del informe DNSH (Do No Significant Harm) para poder ser beneficiario de subvenciones. |
Duración |
60 minutos |
Costes |
Gratuito |
Bonificación por tripartita |
Gratuito |
Plazo de inscripción |
17/01/2024 |
Dirigido a |
Empresarios, gerentes, autónomos, emprendedores, etc. |
Perfil profesional |
Profesorado |
Expertos de EFICAZE y EQA. |
Observaciones |
Preinscripción